Pro Consumidor pierde facultad para sancionar comercios con botellones al sol según TC
Pro Consumidor ha perdido su capacidad sancionadora contra negocios que exponen botellones al sol, según una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC/0723/24) que establece que la institución no tiene potestad para imponer multas o sanciones administrativas.
Bidones de agua en estante metálico
La sentencia del 28 de noviembre de 2024 declara inconstitucional la expresión "serán sancionadas por Pro Consumidor" contenida en el artículo 112 de la Ley 166-12 del Sistema Dominicano para la Calidad (Sidocal).
Según el TC, la Ley 358-05 que crea Pro Consumidor no contempla facultades sancionadoras administrativas. La institución solo puede:
- Emitir advertencias como medida cautelar
- Solicitar autorización judicial para:
- Decomisar productos
- Destruir productos
- Prohibir ventas
- Cerrar establecimientos
El tribunal exhortó al Congreso Nacional a realizar una reforma integral del régimen de responsabilidades y sanciones administrativas en la Ley 358-05, para establecer claramente las potestades sancionadoras de Pro Consumidor.
Esta decisión afecta directamente la campaña de la institución que buscaba sancionar a comercios que exponen botellones de agua al sol, cuyo plazo venció en diciembre. A pesar de que Pro Consumidor afirma que la sentencia "ratifica" y "fortalece" sus facultades, el dictamen del TC es vinculante y obligatorio para todos los poderes públicos.