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El Tribunal Constitucional (TC) modificó los requisitos y el proceso para las candidaturas independientes en la República Dominicana, estableciendo nuevas reglas que facilitan la participación ciudadana en el sistema electoral.
La decisión surge tras declarar inconstitucional el artículo 8 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, que exigía a los candidatos independientes crear una agrupación política para participar en elecciones.
Los principales cambios incluyen:
- Eliminación del requisito de formar una agrupación política
- Permiso para postularse directamente como candidato independiente
- Necesidad de cumplir con los mismos requisitos constitucionales que otros candidatos
- Obligación de presentar un programa de gobierno
- Requerimiento de apoyo ciudadano mediante firmas
El TC fundamentó esta decisión en la necesidad de garantizar el derecho constitucional a ser elegido y participar en la vida política del país, sin las limitaciones que imponía la normativa anterior.
Esta modificación representa un avance significativo en la democratización del sistema electoral dominicano, abriendo nuevas vías para la participación política ciudadana fuera de las estructuras partidarias tradicionales.
Los aspirantes independientes deberán cumplir con los plazos y requisitos establecidos por la Junta Central Electoral para formalizar sus candidaturas en los próximos procesos electorales.
Vista frontal del Tribunal Constitucional