
ITBIS: La guía completa del impuesto al valor agregado en República Dominicana
El ITBIS (Impuesto sobre Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios) es un impuesto al consumo equivalente al IVA que se aplica en la República Dominicana sobre la transferencia e importación de bienes industrializados y servicios.

Billetes de peso dominicano
¿Quiénes deben pagarlo?
- Personas físicas (profesionales liberales, negocios de único dueño)
- Personas jurídicas (SRL, EIRL y entidades no lucrativas)
- Empresas públicas y privadas que realicen retenciones
Productos y servicios exentos:
- Alimentos básicos sin procesar (carnes, pescado, lácteos, frutas, vegetales)
- Servicios financieros
- Transporte terrestre
- Servicios básicos (electricidad, agua, basura)
- Alquiler de viviendas
- Servicios de salud y educación
- Servicios funerarios
- Servicios de belleza y peluquería
- Gimnasios
- Espectáculos artísticos
Tasas del impuesto:
- Tasa general: 18%
- Tasa reducida: 16% (para yogurt, mantequilla, café, azúcares, cacao y chocolate)
Declaración y pago:
- Plazo: primeros 20 días del mes siguiente al período declarado
- Cálculo: ITBIS facturado a clientes menos deducciones permitidas
- Lugares de pago: bancos autorizados y administraciones locales
Penalidades por pago tardío:
- 10% de mora el primer mes
- 4% adicional por cada mes siguiente
- 1.10% de interés indemnizatorio mensual acumulativo
Requisitos para deducciones:
- Comprobantes fiscales con NCF autorizado
- ITBIS reflejado separadamente del precio total
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