
Compartir videos o fotos sin consentimiento en espacios privados es delito penalizado por ley
El Código Penal dominicano castiga la difusión no autorizada de contenido íntimo, estableciendo penas de seis meses a un año de prisión y multas de RD$25,000 para quienes atenten contra la intimidad personal.

Persona con smartphone mostrando pantalla
Según el artículo 337, modificado por la Ley 24-97, se consideran actos punibles:
- Captar, grabar o transmitir palabras privadas sin consentimiento
- Registrar o difundir imágenes de personas en lugares privados sin autorización
- Conservar o compartir contenido obtenido de manera ilícita
En el caso específico de la UASD, donde se viralizó un video de cuatro estudiantes en una situación íntima, la institución:
- Confirmó que ningún empleado está autorizado para grabar o exponer a estudiantes
- Anunció investigaciones sobre el incidente
- Informó que se tomarán acciones legales contra quien realizó y difundió la grabación
El rector Editrudis Beltrán Crisóstomo señaló que el caso está bajo investigación y que se someterá al estudiante responsable de la grabación ante las autoridades correspondientes por la exposición en redes sociales.
Cuando estas infracciones se cometen a través de medios de comunicación, aplican las disposiciones específicas de la Ley No. 6132 sobre Expresión y Difusión del Pensamiento.
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